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LOS MUERTOS CONTINÚAN VIVOS EN PADRON ELECTORAL

NOTICIAS LEON / POLITICAS

El magistrado presidente de facto del Consejo Supremo Electoral (CSE) Roberto Rivas, afirma que el padrón electoral activo para las elecciones del próximo cuatro de noviembre está “eficiente” y “efectivamente” depurado y que está compuesto por 3,741,000 personas aptas para votar.

Sin embargo, segundos después se contradijo al señalar que lo estimado son 3 millones y medio, ya que en la primera cifra que dio puede haber personas que fallecieron después del 2006 y que debido a las reformas a la Ley Electoral las personas que votaron por lo menos una vez entre el 2006 y el 2011 pueden ejercer su derecho al voto y se encuentran en el padrón activo.

En cuanto al padrón pasivo, Rivas dijo que está conformado por 740,148 ciudadanos que son personas que según él teniendo su documento de identidad no han ejercido su derecho al voto entre el 2006 y el 2012.

“Son 3,741,000, nosotros estimamos que podemos andar por 3,500,000 el padrón real, pero ya la ley nos permitió una depuración un poco más eficiente, más agresiva, en el cual de hecho sabemos que hay 740 mil ciudadanos que no están participando en los procesos electorales”, dijo Rivas en su laberinto de cifras dentro de las cuales pueden estar los candidatos fallecidos que llevan partidos políticos como el Apre y ALN.

Según Rivas hasta la fecha se han emitido un total de 4,481,621 documentos de identidad, sin embargo sumando el padrón activo con el pasivo hay una diferencia de 473 personas más que tienen cédula de identidad. “Imaginen el contraste entre esto y el padrón activo. Esto es por personas que están muertas, fuera del país o personas que no les gusta ejercer su derecho al voto”, reiteró Rivas.

De acuerdo a Rivas las personas que lleguen a su centro de votación y estén en el listado pasivo, a través del coordinador del Centro de Votación pueden pedir ejercer su derecho al voto y automáticamente se convierte en un ciudadano del listado activo.

Rivas hizo énfasis en que con la reforma a la Ley Electoral al aparecer como figuras físicas los Centros de Votación, la figura del coordinador del Centro es legal, ya que el CSE emitió una resolución en la cual le da las funciones a ese funcionario que tendrá a su cargo el Centro de Votación y resolverá cualquier problema que surja, como con la tinta indeleble o algún problema de carácter de procedimiento en la instalación de una Junta.

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