PADRES MANTENDRÁN A SUS HIJOS HASTA LOS 21 AÑOS
NOTICIAS LEON / NACIONALES
La Asamblea Nacional avanzó ayer hasta el artículo 282 en la aprobación del Código de la Familia; lo más relevante fue que los diputados modificaron la edad para que los padres den manutención a sus hijos, y la pasaron de 24 años que estaba en el dictamen original, a 21 años de edad, a través de una moción de consenso.
Esto significa que los padres estarán obligados a dar una pensión alimenticia a sus hijos hasta los 21 años de edad, siempre y cuando estén estudiando y no tengan ninguna responsabilidad.
Según el artículo 273, denominado "Obligaciones derivadas de la autoridad parental", del dictamen original, "el padre y la madre para efectos de ejercer las obligaciones o responsabilidades derivadas de la autoridad parental, deberán proporcionarles para el cuido y crianza de sus hijos e hijas, un hogar estable, alimentos adecuados y proveerlos de todo lo necesario para su desarrollo integral, hasta que cumplan la mayoría de edad; en la aplicación de esta función deben tenerse en cuenta las capacidades y aptitudes del hijo o la hija, preservando la dignidad de estos".
El segundo párrafo de este mismo artículo establece que "si el hijo o la hija alcanzara su mayoría de edad y siguiere estudiando de manera provechosa, tanto en tiempo como en rendimiento, deberá proporcionales alimentos hasta que concluya sus estudios o haya adquirido profesión u oficio, una vez cumplidos los veinticuatro años, cesará dicha obligación".
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